Lo inconveniente de la Ley de solidaridad sostenible
Reforma tributaria 2021 (Proyecto de Ley #594 de 2021)
Análisis especial, desde las Economías vecinas
21 de abril de 2021
Por: Comunicaciones AYNI Economías Vecinas
Foto: fuente www.freepik.es
Un poco de historia
A finales de los años 70’s del siglo pasado se enfriaba la maquina de crecimiento económico que produjeron las medidas del Estado de Bienestar en la posguerra e inicia la arremetida del Neoliberalismo en Latinoamérica. Una parte importante del nuevo modelo económico propuso recortar impuestos a los más ricos y ampliar la base de tributación a la población; nacen los impuestos al consumo.
En Colombia el gobierno de Virgilio Barco (1982-1986) crea el IVA (Impuesto al Valor Agregado), se gravan los ingresos provenientes del trabajo, se inicia la venta de activos públicos, etc. El propósito de estas medidas apuntaban a reducir el gasto social del estado, la ampliación de ingresos vía impuestos que generarían excedentes para pagar la deuda externa contraída con la banca extranjera.
Poco a poco, gobierno tras gobierno, se fueron gravando con IVA más productos y servicios de la canasta básica familiar, incluyendo el aumento de porcentajes de este impuesto. Así en el 2021, llegamos a la tercera reforma tributaria del gobierno de Iván Duque, llamada eufemísticamente “Ley de solidaridad Sostenible”.
Conceptos claves
Antes de introducirlos a los comentarios sobre el contenido del proyecto de Ley, es importante entender y diferenciar algunos conceptos claves sobre el IVA.
Respecto a los bienes y servicios sobre los que aplica el impuesto se identifican tres grandes categorías que son GRAVADOS, EXENTOS y EXCLUIDOS.
GRAVADOS: son aquellos sobre los que se aplica el impuesto y su correspondiente porcentaje de impuesto (5%, 14% o principalmente 19%)
EXENTOS: son aquellos que aplica un IVA de 0%, sin embargo para producir algunos de estos exentos se necesitaron bienes y servicios que si tenían IVA, por lo que ese impuesto pagado puede solicitarse en devolución a la DIAN.
EXCLUIDOS: son bienes no gravables, es decir sobre los que no recae IVA, sin embargo por esa misma razón, los pagos de este impuesto en el proceso productivo no puede solicitarse en devolución, por lo tanto en la practica estos gravámenes terminan en un aumento de precios, trasladándose el costo al consumidor final.
Foto: Jhenny Amaya G.
Con ésta aclaración presentamos algunos de los puntos críticos que afectarán la producción y consumo en nuestro país, si el proyecto de Ley llega a ser aprobado.
- se acaban los bienes EXENTOS y todos se convierten en EXCLUIDOS. En la práctica esto va a encarecer precios a consumidores. Por ejemplo pasan de exentos a excluidos carnes de res, pollo, cerdo, pescado, queso, huevos, leche, hortalizas, tubérculos, frutas, cereales, agua, pan, panela, etc. (revisar artículo 35 del proyecto de ley).
- El 43% de toda la canasta básica familiar queda gravada con IVA (sin contar que todo lo demás queda EXCLUIDO).
- En el año 2023 las pensiones de $1.410.012 en adelante empezaran a pagar retención en la fuente de 10%, es decir $141.001
- Se gravara con 19% de IVA servicios públicos vitales como el agua, energía y gas en estratos 4, 5 y 6.
- El servicio de internet en estratos 3, 4, 5 y 6 tendrá un 19% de IVA
- Se aumentará en un 19% de IVA los combustibles vehiculares incrementando el costo de transporte en toda la cadena de producción de alimentos, entre otros.
- Todos los celulares, tabletas y computadores que estaban exentos hasta cierto precio, empiezan a pagar IVA de 19%.
- En el 2023, quienes reciban por su trabajo $1.624.000 o más de forma mensual, empezarán a declarar renta.
- Los servicios funerarios, empezarán a ser gravados con 19% de IVA.
- Se pretende establecer una sobretasa a combustibles y nuevo impuesto nacional a vehículos de 1.5% para los que cuesten hasta de $50.000.000, de ahí en adelante sube a 2.5% y 3.5% (carros y motos mayores a 125 cc).
- En esta reforma se contempla la posibilidad de poner peajes urbanos dentro de ciudades capitales, de ser aceptada la propuesta, las motos también lo pagarían, además de los carros.
- Mecanismos de transferencia monetaria como Ingreso Solidario sería insuficientes en el pago de todas las responsabilidades descritas anteriormente. (El máximo pagado a una familia en pobreza extrema de seis o más personas es de $366.101 mensuales).
- En la propuesta de reforma tributaria, se mantiene el esquema de “Los Juegos del Hambre”: 3 días sin IVA al año para que la población salga a rapiñarse “los descuentos” del comercio.
Con este panorama casi desolador, con el país y las mayorías en serias dificultades económicas derivadas de la pandemia, con el cierre de miles y miles de pequeñas empresas, con la destrucción de cientos de miles de empleos, con cifras probadas por el DANE, que aseguran un aumento significativo en la inseguridad alimentaria de cientos de miles de familias, les invitamos a tener en cuenta las siguientes alternativas de acción ciudadana:
- Busque que sus decisiones de consumo apoyen y revaloricen el trabajo local, los esfuerzos por la sostenibilidad y las estrategias de vida de grupos vulnerables.
- Evite consumir con grandes financiadores de las campañas del mal gobierno.
- Haga pedagogía de la reforma entre su familia, colegas de trabajo y amistades. Cuente con suficiente información para decidir, es lo más responsable.
- Apoye y participe de las jornadas de movilización y protesta. La democracia se revitaliza con la activa participación de la ciudadanía.
- Finalmente, exija públicamente o por medios de comunicación a los congresistas por los que votó, los de su región y a todos los que usted considere; que se opongan a éste proyecto de ley nefasto para la gente trabajadora y menos favorecida del país.
El proyecto de reforma tributaria NO ES NI SOLIDARIO NI SOSTENIBLE.
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